Visado familiar (cónyuge/pareja/hijo de persona con residencia permanente)

Visado familiar (cónyuge/pareja/hijo de persona con residencia permanente) es una vía de residencia en Guernesey (Familia). Visado de pareja al estilo del Appendix FM: inicial de hasta 33 meses, prórroga de 30 meses, ILR a los 60 meses; inglés; manutención y alojamiento adecuados; además Family Member Resident Permit de la Population Management Office.

Requisitos de un vistazo

Normalmente pueden incluirse cónyuge e hijos. Residencia permanente: tras 5 años. La ciudadanía puede ser posible tras unos 3 años.

Cómo tributan los titulares

Impuesto sobre la renta fijo del 20 %, tributación independiente

Próximos pasos

Consulte la página oficial para conocer las normas y tasas vigentes, compare esta vía con los demás programas en el mapa interactivo y hable con un abogado de inmigración colegiado o un agente autorizado antes de presentar la solicitud.

CategoríaFamilia
Inversión—
Tasas (familia)—
Ingresos / año—
Patrimonio—
Estancia mín.—
Resid. perm.5 años
Ciudadanía3 años
Trabajoyes
Requisitosfamiliares de personas británicas/con residencia permanente en Guernsey
ImpuestosImpuesto sobre la renta fijo del 20 %, tributación independiente
Datos a2026-10
Página oficial
Abrir en la base de datos →

Solo información general: no constituye asesoramiento fiscal, jurídico, migratorio, de inversión ni financiero, ni crea una relación con el cliente. Las cifras son simplificadas, orientativas y pueden estar desactualizadas. Verifique siempre con la autoridad oficial y un profesional autorizado del país correspondiente antes de actuar. Los enlaces de socios, si los hay, están señalados y pueden generarnos una comisión.